Los
seres humanos, al convivir en sociedad, siempre hemos buscado la manera
de asegurarnos de que el futuro sea próspero. Bajo esta idea, aparecen
conceptos como seguridad, certeza, garantía, etcétera, así como algunos
conceptos negativos, como los imprevistos, incumplimientos y la
volatilidad.
Seguramente para satisfacer esta preocupación, es que se crearon las fianzas,
que se consolidaron en distintas actividades de la sociedad, pues
constituyen una garantía para los involucrados en un acuerdo o contrato. El contrato de fianza es: consensual, oneroso, bilateral y accesorio.
¿Qué son las fianzas mercantiles?
Para empezar, debemos hablar rápidamente de las fianzas judiciales, pues ellas abarcan los procedimientos judiciales civiles, mercantiles y penales.
Tipos de Fianzas
- Licitación
- Fiel Cumplimiento
- Anticipo
- Laboral
- Obligacion Fiscal
- Recurso
- Buena Calidad
- Judicial para Decreto y Suspensión de Medidas
- Para Recurrir
- Aduanales
- Para mercancías en tránsito.
- Para traslado de mercancías.
- Para perfeccionamiento activo.
- Importación temporal.
- Exportación temporal
- Almacenes generales de depósito.
- Agente aduanal.
Tipos de Fianzas
Arrendamiento
Con una fianza de Fiel Cumplimiento de arrendamiento se garantiza: El
riesgo por incumplimiento en el pago de cánones de su oficina
(devolución de ése dinero en un lapso determinado, es decir, rendir
cuentas por un dinero que no es suyo). Las indemnizaciones por
desperfectos o daños y perjuicios que le puedan ocasionar a su inmueble,
y el pago de los servicios públicos o privados, como luz, teléfono,
agua, etc.
Licitación o Mantenimiento de la Oferta:
Pública o Privada, es un procedimiento mediante el cual la entidad
contratante selecciona, en igualdad de oportunidades entre varias
personas invitadas, a la que ofrezca mejores condiciones para contratar.
Son necesarias para concursar o presentar ofertas de trabajos,
suministro de equipos y/o servicios, elaboración de proyectos. En caso
de que el licitante resulte favorecido con la Buena-Pro, garantiza que
firmará el Contrato en las mismas condiciones que lo ofrecido en su
presupuesto.
Anticipo:
La Fianza de Anticipo responde o garantiza la correcta inversión del
dinero anticipado o la devolución del mismo en caso incumplimiento,
cubriendo el 100% del monto dado como anticipo. Los anticipos se
amortizan con las valuaciones de la obra ejecutada, (documento donde
consta las entregas parciales de la obra y se factura el monto que se le
va a cobrar al acreedor), de acuerdo al porcentaje ya establecido en el
contrato entre Afianzado y Acreedor, hasta completar el total de los
fondos anticipados mediante un descuento porcentual en el monto nominal
de cada una de dichas valuaciones.
Fiel Cumplimiento:
Se exige esta fianza para firmar los respectivos Contratos u Ordenes
de Compra, o una vez firmados, y garantiza que se cumplirá fielmente la
ejecución del contrato que se suscribió, en las condiciones de tiempo,
calidad y precio determinados en el mismo.
Nos referimos a fiel cumplimiento de hacer o entregar al bien o
servicio, no al cumplimiento del pago de obligaciones asumidas (Garantía
Financiera).
Laboral:
Cumple con la finalidad de garantizar las obligaciones laborales con los trabajadores de la obra.
Garantiza el pago de salarios y prestaciones sociales de los
trabajadores, así como la responsabilidad solidaria del contratista con
el Acreedor siempre que la obra sea inherente o conexa con las
actividades del mismo, al igual que todas las obligaciones pagaderas en
dinero, incluyendo las costas judiciales que el Acreedor se vea obligado
a efectuar como resultado de esa solidaridad establecida en la Ley
Orgánica del Trabajo, Trabajadoras y Trabajadores.
Aduanales:
Tienen por finalidad garantizar a la República el pago de los
impuestos, tasas de servicios y multas que pudieran ser generados por
cualquier actividad aduanal.
- ADMISIÓN TEMPORAL: Es el régimen mediante el cual se introducen
mercancías al territorio Aduanero Nacional, con suspensión de pago de
los impuestos de importación, con una finalidad determinada, a condición
de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin haber
experimentado modificación alguna.
- EXPORTACIÓN TEMPORAL: Es el Régimen Aduanero que permite exportar
temporalmente mercancías que se encuentren legalmente en libre
circulación en el territorio aduanero nacional y reintroducirlas sin
pago de los impuestos de importación, cuando no hayan experimentado modificación alguna.
- EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO: Es el Régimen
Aduanero que permite exportar temporalmente mercancías a objeto que sean
sometidas en el extranjero a transformación, elaboración, reparación o
ensamblaje, para luego ser reintroducidas causando los gravámenes correspondientes según la ubicación arancelaria de los bienes o productos a ingresar.
- IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO: Es el Régimen
Aduanero que permite introducir temporalmente mercancías de origen
extranjero, con la suspensión de los impuestos aplicables a la
importación, para ser reexpedidos después de haber sufrido
transformación, combinación, mezcla, rehabilitación, reparación o
ensamblaje.
- TRASLADO DE MERCANCÍAS: Cubre el traslado de la mercancía desde el
muelle de descarga hasta el almacén general de depósito aduanero, o bien
en el caso de “Carga Consolidada”, cuando la misma ingrese a una
oficina aduanera de entrada y deba transitar por el territorio nacional a
una oficina aduanera de salida, para continuar su recorrido.
- AGENTE DE ADUANAL: Son las personas autorizadas para actuar ante los
órganos competentes en nombre y por cuenta de aquél que contrata sus
servicios, en el trámite de una operación o actividad aduanera. Cubre
las obligaciones ante el SENIAT que resulten de su actividad como Agente
Aduanal de conformidad con la Ley Orgánica de Aduanas y su reglamento.
No se garantiza el pago de dinero de forma fija, sino el correcto
proceder del Agente Aduanal (Obligación de Hacer).
- ADMISIÓN TEMPORAL: Es el régimen mediante el cual se introducen
mercancías al territorio Aduanero Nacional, con suspensión de pago de
los impuestos de importación, con una finalidad determinada, a condición
de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin haber
experimentado modificación alguna.
- EXPORTACIÓN TEMPORAL: Es el Régimen Aduanero que permite exportar
temporalmente mercancías que se encuentren legalmente en libre
circulación en el territorio aduanero nacional y reintroducirlas sin
pago de los impuestos de importación, cuando no hayan experimentado modificación alguna.
- EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO: Es el Régimen
Aduanero que permite exportar temporalmente mercancías a objeto que sean
sometidas en el extranjero a transformación, elaboración, reparación o
ensamblaje, para luego ser reintroducidas causando los gravámenes correspondientes según la ubicación arancelaria de los bienes o productos a ingresar.
- IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO: Es el Régimen
Aduanero que permite introducir temporalmente mercancías de origen
extranjero, con la suspensión de los impuestos aplicables a la
importación, para ser reexpedidos después de haber sufrido
transformación, combinación, mezcla, rehabilitación, reparación o
ensamblaje.
- TRASLADO DE MERCANCÍAS: Cubre el traslado de la mercancía desde el
muelle de descarga hasta el almacén general de depósito aduanero, o bien
en el caso de “Carga Consolidada”, cuando la misma ingrese a una
oficina aduanera de entrada y deba transitar por el territorio nacional a
una oficina aduanera de salida, para continuar su recorrido.
- AGENTE DE ADUANAL: Son las personas autorizadas para actuar ante los
órganos competentes en nombre y por cuenta de aquél que contrata sus
servicios, en el trámite de una operación o actividad aduanera. Cubre
las obligaciones ante el SENIAT que resulten de su actividad como Agente
Aduanal de conformidad con la Ley Orgánica de Aduanas y su reglamento.
No se garantiza el pago de dinero de forma fija, sino el correcto
proceder del Agente Aduanal (Obligación de Hacer).
- DEPOSITO ADUANERO:
- Depósitos Temporales: Las mercancías objeto de operaciones aduaneras
son depositadas provisionalmente, en recintos cerrados ubicadas dentro
de las zonas primaria de las aduanas, o espacios próximos a las oficinas
aduaneras, las mercancías permanecen hasta que los interesados cumplan
los trámites respectivos.
- Depósitos Aduaneros (IN BOND): Las mercancías extranjeras,
nacionales o nacionalizadas, son depositadas en un lugar destinado a tal
efecto, bajo el control y potestad de la aduana, sin estar sujetas al
pago de impuestos, se pueden establecer en cualquier parte del país.
(envase, etiquetado y paletizado, combinación y división de mercancía,
exposición de muestras, mezcla)
- Almacenes Libres de Impuestos (DUTY FREE SHOPS): Establecimientos
comerciales ubicados en las zonas primarias de las aduanas localizadas
en puertos o aeropuertos internacionales autorizados a depositar
determinadas mercancías nacionales y extranjeras exclusivamente para ser
expendidas a aquellas personas que se encuentran en tránsito en el
país.
- Almacenes Generales de Depósitos: Conservación y guarda de los
bienes muebles por lo que no se hayan satisfecho los derechos de
importación y la expedición de los certificados de depósitos y de bonos
de prenda.
Tambien FIANZA VICIO PROPIO y Contrato de Fiel Cumplimiento para Operaciones Cambiarias
Ventajas
Como se puede apreciar, la ventaja principal es la certeza o garantía de que, en
caso de incumplimiento, una organización no sufra pérdidas en las
transacciones comerciales. Esto último implica cero riesgos durante los
negocios, gracias al respaldo de la afianzadora.
Otra de las ventajas es que las empresas que se hacen con una fianza mercantil, pueden presumir de contar con cierto estatus y estabilidad, pues una fianza es sinónimo de responsabilidad, seguridad, fiabilidad y buena reputación.
Beneficios
Todas
las fianzas otorgan ciertos beneficios, como la tranquilidad de saber
que no habrá daños patrimoniales y de reputación en el desarrollo de sus
procesos. Sin embargo, las fianzas mercantiles tienen, cuando menos,
tres beneficios que están relacionados entre sí debido a su contexto.
Estos beneficios son: más negocios, menos pérdidas y cero litigios. La combinación de estos aspectos es especial.
- Más negocios.
Contar con una fianza mercantil es sinónimo de seguridad para los
negocios, pues las organizaciones saben que no tienen riesgos para sus
operaciones con compañías con este tipo de garantías. Esto propicia un
ambiente perfecto para incrementar los negocios y contratos.
- Menos pérdidas.
Para el caso de quienes hacen negocios con organizaciones con fianzas
mercantiles, saben que su futuro está asegurado. Por lo tanto, las
pérdidas son, en el peor de los casos, reducidas al mínimo. Otra parte
de las pérdidas se relaciona tanto con los acreedores como con los
deudores, aunque eso incluye algo que veremos en el siguiente punto.
- Cero litigios.
Cuando existe un incumplimiento durante el proceso de una transacción
mercantil, puede pasar que las demandas y otros problemas legales
aparezcan.
Ernesto Ibanez
email: eibanez.ernesto@gmail.com
Movil: 0426 0373155
Caracas, Venezuela