viernes, 11 de agosto de 2023

¿Qué ocurre si en un accidente una de las partes no tiene seguro?

 ¿Qué pasa si tienes un accidente con un contrario sin seguro?

En este artículo encontrarás:


Desafortunadamente es todavía muy frecuente que haya coches que circulan sin seguro. Las razones van desde problemas económicos a la caducidad del seguro. Pero también hay quien piensa que no es tan grave y que así se ahorran un dinero. Pensar de este modo es un grave error. Las consecuencias económicas de esta situación en caso de accidente pueden llevarnos a la bancarrota. Además, por el simple hecho de circular sin seguro, ya podemos ser sancionados con una multa.



¿Es obligatorio tener un seguro de automóvil?

Sí. En Venezuela, todo propietario de un vehículo debe tener, al menos, un seguro de responsabilidad civil (RCV) que cubra los daños que pueda causar a terceros. Sin embargo, son preocupantes las cifras de conductores sin seguro. Más de 2,6 millones de “coches zombies”, es decir, que no tienen seguro mínimo obligatorio, circulan por nuestro país. Solo en 2020, se registraron más de 20.000 accidentes de vehículos que no tenían seguro. 


La finalidad de un seguro mínimo obligatorio es poder hacer frente a los daños derivados de un accidente, tanto materiales como personales.

¿Qué ocurre si uno de los coches involucrados en un accidente no tiene seguro?

En un caso así, surgen varias dudas. ¿Quién indemniza a la víctima si la parte culpable no está asegurada? ¿Y si es la víctima la que no tiene seguro? ¿Qué sanción pueden imponerte si circulas sin seguro? Lo vemos a continuación.



¿Qué ocurre si se circula sin seguro?

Cada año se imponen casi 130.000 multas por carecer de seguro de automóvil o por circular sin él. Esta multa puede suponer una sanción administrativa con un importe que castigue tu bolsillo. La cantidad dependerá del tipo de vehículo, del servicio que presta, de cuánto tiempo lleva sin seguro y de si el conductor es reincidente. Además, se puede decretar la retirada y la inmovilización del vehículo hasta que se contrate el seguro obligatorio. El conductor sancionado se hará cargo de todos los gastos derivados del depósito y la custodia del vehículo.

¿Y si tengo un accidente con un coche que no tiene seguro y es el culpable?

Si ocurre un accidente en el que la parte culpable es la contraria y ésta no tiene seguro, hay que rellenar un parte amistoso con los datos del conductor y del vehículo contrario o, si esto no es posible, llamar a las autoridades –la guardia civil de tráfico o la Policía Local– para que realicen un atestado. Si la parte afectada te ofrece una cantidad de dinero para que no llames a la policía, es mejor no aceptarla, porque las lesiones pueden aparecer más tarde o los daños del automóvil ser más graves de lo que parece a primera vista.

Una vez notificado a la aseguradora propia, ésta reclamará todos los daños, tanto materiales como personales, al Consorcio de Compensación de Seguros, el organismo que se encarga de la indemnización en estos casos. Esa indemnización proviene del dinero que se recauda por las multas impuestas a los conductores que circulan sin seguro obligatorio. Una vez indemnizada la víctima, el Consorcio de Compensación de Seguros reclamará a la parte culpable todas las cantidades –Derecho de Repetición–, lo que puede suponer la ruina para muchas personas.

¿Qué pasa si es la víctima sin culpa de un accidente la que no tiene seguro?

Si eres la parte inocente de un siniestro, el que no tengas seguro obligatorio en vigor no exime al causante del daño de su responsabilidad frente a ti. El conductor culpable deberá hacerse cargo de la reparación de tu vehículo y de indemnizarte por las lesiones que te haya podido ocasionar, de lo cual se encargará su compañía de seguros.

Sin embargo, la ley no exime a nadie de conducir sin seguro, independientemente de la razón por la que lo haga (económica, porque ha caducado la póliza, etcétera). Si tienes un accidente y eres la víctima y no tienes seguro obligatorio, se te impondrá una sanción por no cumplir con tu obligación de tener un seguro.

En estos casos es también el Consorcio de Compensación de Seguros quien asume el pago de los daños y lesiones y, una vez abonadas todas las cantidades, el Consorcio procederá a reclamarte el total.

Para que quede más claro
Dos ejemplos

  1. La culpa del accidente es del contrario, pero no tiene seguro. ¿A quién hay que reclamar los daños? Tu compañía debe reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros, si tienes contratada la cobertura de reclamación de daños. Si no, debes hacer el proceso por tu cuenta con un abogado.
  2. El contrario no es culpable, pero no tiene seguro. ¿Debe pagar mi compañía todos los gastos?Tu compañía debe pagar todos los daños al contrario y a ti mismo, siempre que tengas la cobertura de daños propios, incluida en los seguros a todo riesgo.

¿Qué gastos debo abonar si tengo un accidente sin seguro y soy culpable?

  • Todas las lesiones. Si no es posible hacer frente a este gasto, se procederá al embargo de bienes personales.
  • La parte correspondiente de los daños materiales.
  • La parte correspondiente de los daños de la calzada
  • Una multa por conducir sin, al menos, el seguro mínimo obligatorio. Además, las autoridades procederán a la inmovilización del coche.

¿Qué pasa cuando no está clara la responsabilidad del accidente?

Si se produce un accidente en el que es difícil aclarar quién tiene la responsabilidad, es necesaria la celebración de un juicio que establezca esta responsabilidad. Habitualmente, todos los trámites y gestiones derivados de esta situación están cubiertos por el seguro del automóvil a través de la garantía de defensa jurídica y reclamación de daños, incluida en la mayoría de las pólizas de coches y motocicletas.

Pero, ¿qué pasa si carezco de seguro obligatorio en un accidente poco claro?

Además de tener que pagar la multa correspondiente, carecer de un seguro te obligaría a pagar de tu bolsillo a un abogado especializado en accidentes de tráfico, así como todos los gastos y tasas derivados de la reclamación judicial. Si el fallo del juez es en tu contra, deberás hacer frente, además, a toda la indemnización a la parte contraria. Merece la pena llegar al final de la reclamación en accidentes graves, pero en los que son más leves, en los que solo se han producido pequeños daños en tu vehículo o en el de la parte contraria, quizá es mejor pagar la reparación de esos daños y no reclamar nada judicialmente.


ES DE RESALTAR QUE LA GENTE MAS SERIA, RESPONSABLE, CIVILIZADA Y CRISTIANA ADOPTA UN SEGURO.

RESUMEN

  • Es obligatorio suscribir un seguro de RCV de automóvil para todos los coches que circulan.
  • La finalidad de un seguro mínimo obligatorio es poder hacer frente a los daños derivados de un accidente, tanto materiales como personales.
  • Circular sin seguro nos expone a graves sanciones en forma de multas o incluso de inmovilización del vehículo, cuyo gasto correrá de cuenta del infractor.
  • En caso de accidente, si tenemos la culpa, tendremos que hacer frente a las indemnizaciones correspondientes a la otra parte, lo que puede ser muy oneroso para nuestra economía.


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Los diez motivos por los que el seguro del vehículo no paga los daños en caso de siniestro

 Para conducir un vehículo automotor en la Argentina es obligatorio contratar un seguro por responsabilidad civil, según establece el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449. Conocido como "seguro contra terceros", cubre al titular ante reclamos por lesiones o daños causados a otras personas o a sus vehículos. Pero, ¿siempre responde la compañía de seguros? ¿O hay casos en que puede negarse a hacerlo?

Lo cierto es que todas las empresas incluyen en las pólizas las llamadas causales de exclusión de cobertura, que establecen que si el riesgo fue producido o agravado por culpa grave del asegurado, la compañía se negará a pagar las consecuencias del siniestro vial.

Cuando el riesgo es producido o agravado pro culpa del asegurado, la compañía se niega a pagar las consecuencias del siniestro vial. Foto Juan Manuel Foglia
Cuando el riesgo es producido o agravado pro culpa del asegurado, la compañía se niega a pagar las consecuencias del siniestro vial. Foto Juan Manuel Foglia

Esto no significa que la víctima quede desprotegida, ya que estas cláusulas en principio no le son oponibles y rigen sólo entre la aseguradora y su cliente. La mayoría de los fallos apuntan en esa dirección, por lo que la compañía debe indemnizar al tercero y luego accionar judicialmente contra su asegurado para recuperar el dinero, aunque también hay jurisprudencia en sentido contrario, incluso de la Corte Suprema.

Con la colaboración de la especialista Natalia Ferrante (@ferrante_natalia), en esta nota se repasan los casos más habituales en que un asegurado puede quedarse sin cobertura como consecuencia de su conducta negligente.

1.- No pagar la prima. Si una persona contrata un seguro pero luego no paga las cuotas, buena parte de la doctrina sostiene que la falta de pago genera la caída de la cobertura, por lo que el responsable deberá hacerse cargo personalmente de indemnizar al tercero.

2.- Manejar con alcohol en sangre o bajo los efectos de estupefacientes. Cuando el vehículo asegurado sea conducido por una persona bajo la influencia de cualquier droga desinhibidora, alucinógena o somnífera, o en estado de ebriedad, la compañía se negará a brindar la protección contratada. Por lo general las aseguradoras estipulan que una persona se encuentra en estado de ebriedad si el test de alcoholemia le da como resultado 1 gramo de alcohol por litro de sangre o más, tal como establece el Código Penal para agravar el homicidio culposo. Si el conductor se negara a someterse a la prueba, en los contratos se establece que será asimilado a un borracho y el efecto será el mismo.

Si el conductor tiene más de 1 gramo de alcohol por litro de sangre, el seguro también se niega a brindar la protección contratada.
Si el conductor tiene más de 1 gramo de alcohol por litro de sangre, el seguro también se niega a brindar la protección contratada.

3.- Conducir sin habilitación. Si el vehículo es conducido por personas que no están habilitadas para manejarlo, la cobertura desaparece. Como el caso que se viralizó de un hombre que hacía manejar por la ruta a un nene de 10 años. Si el chico hubiera chocado, el seguro podría haberse negado a cubrir al titular del vehículo. Manejar con la licencia vencida, por zonas prohibidas siendo conductor principiante, o estar al mando de un micro sin tener el registro profesional también son causales de exclusión.

4.- Correr picadas. Las pólizas prohíben participar en una picada o competencia ilegal de velocidad. En estos casos, tan habituales en la Panamericana durante la madrugada, el conductor incurre en una conducta prohibida que genera el aumento exponencial del riesgo y, con ello, el derecho de la compañía aseguradora de abstenerse de indemnizar por los daños causados.

5.- Exceder de manera grosera la velocidad máxima. Relacionado con el punto anterior, por lo general las compañías imponen como cláusula de exclusión que el vehículo asegurado supere el 40% del límite máximo de velocidad del lugar del hecho. Por ejemplo, si en la Av. Lugones la máxima es de 100 km/h y el auto circulaba a 141 km/h en ocasión del siniestro, la cobertura caerá.

6.- Ir de contramano. Si el vehículo asegurado circula de contramano, existiendo señalización inequívoca, la empresa se negará a pagar. Por supuesto, si se trata de una calle oscura y mal señalizada de un barrio, la exclusión sería excesiva: esta cláusula está pensada en realidad para situaciones extremas, en las que se provocan siniestros viales como consecuencia de una infracción grave.

7.- Usar el auto para un fin distinto al declarado. Si al contratar el seguro el titular declara que usará su auto en forma particular, y luego de producido el siniestro se descubre que estaba trabajando como remís o prestando cualquier servicio de transporte pago, la cobertura se pierde por la falsedad del dueño. Al mismo tiempo, los pasajeros transportados quedan sin protección.




8.- Remolcar a otro vehículo. Las empresas indemnizan el daño si el auto asegurado choca a un tercero cuando estaba remolcando a otro vehículo en una situación de emergencia. Por ejemplo, si trasladaba a otro vehículo averiado hasta el pueblo más cercano para conseguir asistencia mecánica. Pero si lo lleva por 400 kilómetros hasta Mar del Plata por la Ruta 2, sin justificativo, no: en esos casos, sólo pueden remolcar autos las grúas autorizadas.

9.- Llevar más pasajeros de los permitidos. En un auto, la cantidad máxima de ocupantes debe ser igual a la cantidad de cinturones de seguridad que tenga el vehículo. No se pueden llevar nenes a upa ni a personas en la caja una camioneta. Las compañías dejan esto en claro a la hora de firmar los contratos de seguro, y hay fallos que las respaldan.

Cuando se instala un equipo de GNC hay que informarlo a la compañía de seguros. Foto: David Fernández
Cuando se instala un equipo de GNC hay que informarlo a la compañía de seguros. Foto: David Fernández

10.- Instalar GNC. Cuando una persona contrata un seguro tiene que declarar las reformas que le realizó al auto, ya que las compañías lo aseguran tal cual salió de fábrica. Si el dueño le colocó un equipo de GNC y no lo informó a la compañía cuando suscribió la póliza, en caso de siniestro esta puede plantear la exclusión de cobertura por el aumento del riesgo, debido a que estos equipos son potencialmente explosivos.




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